{"id":971,"date":"2025-07-25T18:59:55","date_gmt":"2025-07-25T16:59:55","guid":{"rendered":"https:\/\/derechocivil.umh.es\/?page_id=971"},"modified":"2025-11-30T14:03:31","modified_gmt":"2025-11-30T13:03:31","slug":"ciaorg-2024-174-congreso-internacional-cuestiones-actuales-de-la-autonomia-de-la-voluntad-especial-atencion-a-la-persona-con-discapacidad","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/derechocivil.umh.es\/ca\/ciaorg-2024-174-congreso-internacional-cuestiones-actuales-de-la-autonomia-de-la-voluntad-especial-atencion-a-la-persona-con-discapacidad\/","title":{"rendered":"<span lang=\"es\">(Espa\u00f1ol) CIAORG\/2024\/174<\/span>"},"content":{"rendered":"<p>[et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; admin_label=&#8221;section&#8221; _builder_version=&#8221;4.16&#8243; global_colors_info=&#8221;{}&#8221;][et_pb_row admin_label=&#8221;row&#8221; _builder_version=&#8221;4.16&#8243; background_size=&#8221;initial&#8221; background_position=&#8221;top_left&#8221; background_repeat=&#8221;repeat&#8221; global_colors_info=&#8221;{}&#8221;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;4.16&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; global_colors_info=&#8221;{}&#8221; custom_padding__hover=&#8221;|||&#8221;][et_pb_text admin_label=&#8221;Text&#8221; _builder_version=&#8221;4.17.4&#8243; background_size=&#8221;initial&#8221; background_position=&#8221;top_left&#8221; background_repeat=&#8221;repeat&#8221; global_colors_info=&#8221;{}&#8221;]<\/p>\n<h2 style=\"text-align: center\"><span style=\"text-decoration: underline\"><strong>Congreso Internacional &#8220;Cuestiones actuales de la autonom\u00eda de la voluntad: especial atenci\u00f3n a la persona con discapacidad&#8221;<\/strong><\/span><\/h2>\n<p><span style=\"text-decoration: underline\"><strong><\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Los d\u00edas 13 y 14 de noviembre tuvo lugar en la Universidad Miguel Hern\u00e1ndez de Elche el Congreso Internacional &#8220;Cuestiones actuales de la autonom\u00eda de la voluntad: especial atenci\u00f3n a la persona con discapacidad&#8221;, financiado por la Conselleria de Educaci\u00f3n, Cultura, Universidades y Empleo, en el marco de la Subvenci\u00f3n para la organizaci\u00f3n y difusi\u00f3n de congresos, jornadas y reuniones cient\u00edficas, tecnol\u00f3gicas, human\u00edsticas o art\u00edsticas de car\u00e1cter internacional (CIAORG-2024), para el ejercicio 2025 (Ref.: CIAORG\/2024\/174). En este marco, se analizar\u00e1n temas relacionados con el derecho de autodeterminaci\u00f3n y el ejercicio de los derechos por parte de colectivos vulnerables.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Parece evidente que, en los \u00faltimos a\u00f1os, estamos acudiendo a un amplio reconocimiento de derechos subjetivos en diferentes campos, ya sea permitiendo actuaciones que, anteriormente, se encontraban vedadas, ya sea ampliando el \u00e1mbito subjetivo de ciertas prestaciones. En suma, acudiendo a una interpretaci\u00f3n amplia del derecho de autodeterminaci\u00f3n (o, si se quiere, del gen\u00e9rico derecho a la libertad) se han aprobado normas que, de un modo u otro, inciden en la esfera personal de los particulares. En realidad, en muchas ocasiones, dicha interpretaci\u00f3n se puede vincular con la estrecha conexi\u00f3n existente con el derecho a la dignidad humana (art. 10 CE); en otras palabras, supone aplicar \u201cuna mirada\u201d por y desde la dignidad de las personas, de suerte que el contenido de los derechos se ve alterado por esta \u00faltima.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Pensemos, por ejemplo, en la prestaci\u00f3n de ayuda para morir. A este respecto, la legalizaci\u00f3n de la eutanasia activa directa y del suicidio asistido se produjo a trav\u00e9s de la Ley Org\u00e1nica 3\/2021, de 24 de marzo, de regulaci\u00f3n de la eutanasia. Y, entre otras, en la Ley Org\u00e1nica 1\/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Org\u00e1nica 2\/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo o en la Ley 4\/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garant\u00eda de los derechos de las personas LGTBI que, en el marco del mencionado derecho a la igualdad de trato y la no discriminaci\u00f3n, tiene por objeto desarrollar y garantizar los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales (LGTBI). Sea como fuere, adquiere una relevancia sustancial el cambio de paradigma producido por la Ley 8\/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislaci\u00f3n civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jur\u00eddica ha estado basado en el derecho a la dignidad inherente a todas las personas. As\u00ed se recoge en su Pre\u00e1mbulo donde afirma que esta regulaci\u00f3n est\u00e1 inspirada en el mencionado derecho y, posteriormente, se destaca en el art\u00edculo 249 CC al referirse al fundamento de las medidas de apoyo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Sin embargo, a pesar de que estamos ante derechos de vital importancia, de un an\u00e1lisis del ordenamiento espa\u00f1ol se puede observar c\u00f3mo disponemos de un r\u00e9gimen normativo que, en muchos puntos, se presenta como parco e insuficiente y no ofrece respuestas jur\u00eddicas adecuadas. Muy al contrario, del examen del panorama legislativo actual se plantean infinidad de debates y cuestiones que precisan de un an\u00e1lisis y estudio pormenorizado de cada una de las tem\u00e1ticas planteadas. Y es que, a pesar de que la regulaci\u00f3n trata de ser completa, contin\u00faa planteando retos relevantes. A ello, hay que anudar la particular configuraci\u00f3n del territorio espa\u00f1ol, dividido en comunidades aut\u00f3nomas a las que se reconoce competencia legislativa en diversas materias. Y, como en otros casos, de nuevo surge la necesidad de que exista cierta uniformidad, al menos, en los principios b\u00e1sicos y la pugna entre seguridad jur\u00eddica y justicia material.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">La oportunidad que se nos brinda para estudiar el presente tema est\u00e1 fuera de toda duda. Por un lado, por su relevancia social, en la medida en que el mismo pretende contribuir a dar soluci\u00f3n a los principales problemas que se plantean en la sociedad, proporcionando as\u00ed seguridad y confianza a la ciudadan\u00eda, en general, y a los operadores jur\u00eddicos, en particular. Y, por otro, porque estamos en el momento preciso para abordarlo, fundamentalmente por dos razones. En primer lugar, porque es una materia compleja y en continua evoluci\u00f3n. Y, en segundo lugar, por la existencia de enfoques divergentes acerca de c\u00f3mo deber\u00eda ser regulada y la evidencia la dificultad de abordar esta tarea, as\u00ed como la necesidad de estudiarlas con detenimiento para determinar cu\u00e1l de ellas (si no otras) resulta m\u00e1s adecuada para conseguir el objetivo perseguido. As\u00ed se pone de relieve en las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional y en el elevado n\u00famero de contribuciones doctrinales y cient\u00edficas.<\/p>\n<p>Inscripciones <a href=\"https:\/\/docs.google.com\/forms\/d\/e\/1FAIpQLScnSwxVzE1YzA--GdWIQmF5xpJNHrAGjz6AqoH3iIj32WniTw\/viewform?usp=sharing&amp;ouid=116924255709616014744\">AQU\u00cd<\/a>.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/drive.google.com\/file\/d\/1j1qPMfFTcrFufqxEJUTce-T9Z-U8Prno\/view?usp=sharing\">Cartel<\/a><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/drive.google.com\/file\/d\/1RLzKaM_-MFNSrJFUWhito360HN0MN8zc\/view?usp=sharing\">Programa<\/a><\/p>\n<p>La grabaci\u00f3n editada se puede visualizar en YouTube: <a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/playlist?list=PLClKgnzRFYe463Xw6F4bx68uXFlNnyBub\">https:\/\/www.youtube.com\/playlist?list=PLClKgnzRFYe463Xw6F4bx68uXFlNnyBub<\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">El podcast de la sesi\u00f3n la emitida en el programa radiof\u00f3nico denominado \u00abDi\u00e1logo de Ciencia y Salud\u00bb en la que se expusieron las principales conclusiones del Congreso est\u00e1 disponible: <a href=\"https:\/\/radio.umh.es\/2025\/11\/18\/el-congreso-internacional-cuestiones-actuales-de-la-autonomia-de-la-voluntad-especial-atencion-a-la-persona-con-discapacidad-en-dialogos-de-ciencia-y-salud-18-de-noviembre-de-2025\/\">https:\/\/radio.umh.es\/2025\/11\/18\/el-congreso-internacional-cuestiones-actuales-de-la-autonomia-de-la-voluntad-especial-atencion-a-la-persona-con-discapacidad-en-dialogos-de-ciencia-y-salud-18-de-noviembre-de-2025\/<\/a><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/derechocivil.umh.es\/files\/2025\/07\/images.png\"><img loading=\"lazy\" class=\"size-medium wp-image-974 aligncenter\" src=\"https:\/\/derechocivil.umh.es\/files\/2025\/07\/images-300x160.png\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"160\" srcset=\"https:\/\/derechocivil.umh.es\/files\/2025\/07\/images-300x160.png 300w, https:\/\/derechocivil.umh.es\/files\/2025\/07\/images.png 308w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>[\/et_pb_text][et_pb_gallery gallery_ids=&#8221;1085,1133,1100,1088,1091,1118,1124,1139,1112,1109,1097,1106,1115,1121,1136,1130,1094,1082,1103,1127&#8243; _builder_version=&#8221;4.17.4&#8243; _module_preset=&#8221;default&#8221; hover_enabled=&#8221;0&#8243; global_colors_info=&#8221;{}&#8221; fullwidth=&#8221;on&#8221; sticky_enabled=&#8221;0&#8243;][\/et_pb_gallery][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Congreso Internacional &#8220;Cuestiones actuales de la autonom\u00eda de la voluntad: especial atenci\u00f3n a la persona con discapacidad&#8221; Los d\u00edas 13 y 14 de noviembre tuvo lugar en la Universidad Miguel Hern\u00e1ndez de Elche el Congreso Internacional &#8220;Cuestiones actuales de la autonom\u00eda de la voluntad: especial atenci\u00f3n a la persona con discapacidad&#8221;, financiado por la Conselleria [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4349,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":1,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"_et_pb_use_builder":"on","_et_pb_old_content":"<span lang=\"es\">(Espa\u00f1ol) <p style=\"text-align: justify\">Los pr\u00f3ximos d\u00edas 13 y 14 de noviembre tendr\u00e1 lugar en la Universidad Miguel Hern\u00e1ndez de Elche el Congreso Internacional \"Cuestiones actuales de la autonom\u00eda de la voluntad: especial atenci\u00f3n a la persona con discapacidad\", financiado por la Conselleria de Educaci\u00f3n, Cultura, Universidades y Empleo, en el marco de la Subvenci\u00f3n para la organizaci\u00f3n y difusi\u00f3n de congresos, jornadas y reuniones cient\u00edficas, tecnol\u00f3gicas, human\u00edsticas o art\u00edsticas de car\u00e1cter internacional (CIAORG-2024), para el ejercicio 2025 (Ref.: CIAORG\/2024\/174). En este marco, se analizar\u00e1n temas relacionados con el derecho de autodeterminaci\u00f3n y el ejercicio de los derechos por parte de colectivos vulnerables.<\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify\">Parece evidente que, en los \u00faltimos a\u00f1os, estamos acudiendo a un amplio reconocimiento de derechos subjetivos en diferentes campos, ya sea permitiendo actuaciones que, anteriormente, se encontraban vedadas, ya sea ampliando el \u00e1mbito subjetivo de ciertas prestaciones. En suma, acudiendo a una interpretaci\u00f3n amplia del derecho de autodeterminaci\u00f3n (o, si se quiere, del gen\u00e9rico derecho a la libertad) se han aprobado normas que, de un modo u otro, inciden en la esfera personal de los particulares. En realidad, en muchas ocasiones, dicha interpretaci\u00f3n se puede vincular con la estrecha conexi\u00f3n existente con el derecho a la dignidad humana (art. 10 CE); en otras palabras, supone aplicar \u201cuna mirada\u201d por y desde la dignidad de las personas, de suerte que el contenido de los derechos se ve alterado por esta \u00faltima.<\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify\">Pensemos, por ejemplo, en la prestaci\u00f3n de ayuda para morir. A este respecto, la legalizaci\u00f3n de la eutanasia activa directa y del suicidio asistido se produjo a trav\u00e9s de la Ley Org\u00e1nica 3\/2021, de 24 de marzo, de regulaci\u00f3n de la eutanasia. Y, entre otras, en la Ley Org\u00e1nica 1\/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Org\u00e1nica 2\/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo o en la Ley 4\/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garant\u00eda de los derechos de las personas LGTBI que, en el marco del mencionado derecho a la igualdad de trato y la no discriminaci\u00f3n, tiene por objeto desarrollar y garantizar los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales (LGTBI). Sea como fuere, adquiere una relevancia sustancial el cambio de paradigma producido por la Ley 8\/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislaci\u00f3n civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jur\u00eddica ha estado basado en el derecho a la dignidad inherente a todas las personas. As\u00ed se recoge en su Pre\u00e1mbulo donde afirma que esta regulaci\u00f3n est\u00e1 inspirada en el mencionado derecho y, posteriormente, se destaca en el art\u00edculo 249 CC al referirse al fundamento de las medidas de apoyo.<\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify\">Sin embargo, a pesar de que estamos ante derechos de vital importancia, de un an\u00e1lisis del ordenamiento espa\u00f1ol se puede observar c\u00f3mo disponemos de un r\u00e9gimen normativo que, en muchos puntos, se presenta como parco e insuficiente y no ofrece respuestas jur\u00eddicas adecuadas. Muy al contrario, del examen del panorama legislativo actual se plantean infinidad de debates y cuestiones que precisan de un an\u00e1lisis y estudio pormenorizado de cada una de las tem\u00e1ticas planteadas. Y es que, a pesar de que la regulaci\u00f3n trata de ser completa, contin\u00faa planteando retos relevantes. A ello, hay que anudar la particular configuraci\u00f3n del territorio espa\u00f1ol, dividido en comunidades aut\u00f3nomas a las que se reconoce competencia legislativa en diversas materias. Y, como en otros casos, de nuevo surge la necesidad de que exista cierta uniformidad, al menos, en los principios b\u00e1sicos y la pugna entre seguridad jur\u00eddica y justicia material.<\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify\">La oportunidad que se nos brinda para estudiar el presente tema est\u00e1 fuera de toda duda. Por un lado, por su relevancia social, en la medida en que el mismo pretende contribuir a dar soluci\u00f3n a los principales problemas que se plantean en la sociedad, proporcionando as\u00ed seguridad y confianza a la ciudadan\u00eda, en general, y a los operadores jur\u00eddicos, en particular. Y, por otro, porque estamos en el momento preciso para abordarlo, fundamentalmente por dos razones. En primer lugar, porque es una materia compleja y en continua evoluci\u00f3n. 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